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Urbanismo. La indemnización prevista en el artículo 25.2 de la ley de suelo (8/2007) exige el previo cumplimiento temporáneo de los deberes urbanísicos
Autores:
Carlos Xiol Ríos
Localización:
La administración práctica: enciclopedia de administración municipal
,
ISSN
0210-2781,
Nº. 2, 2015
,
págs.
153-158
Idioma:
español
Texto completo no disponible
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