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Vicios ocultos. Responsabilidad del contratista. El plazo de prescripción de la acción administrativa para el resarcimiento por vicios ocultos de la obra, es el señalado por la legislación de Hacienda Pública
Autores:
Carlos Xiol Ríos
Localización:
La administración práctica: enciclopedia de administración municipal
,
ISSN
0210-2781,
Nº. 1, 2015
,
págs.
131-136
Idioma:
español
Texto completo no disponible
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