Se exponen los diversos sistemas de funcionamiento de los tribunales supremos del mundo, a fin de evidenciar la tensión que existe entre dos paradigmas extremos a los que atiende la función de dichos tribunales: el universalismo y el particularismo. Se concluye que el ideal está en el equilibrio entre ambos paradigmas, porque los tribunales supremos no pueden dar respuestas categóricas con valor eterno para cualquier caso concreto, sino que las circunstancias del caso concreto deben ser siempre tomadas en cuenta para poder hacer auténtica justicia.