En el asunto Association de Médiation Sociale, se plantean importantísimas cuestiones referentes a la distinción entre derechos y principios de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la eficacia de estos en las disputas entre particulares. De forma más concreta, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea está llamada a pronunciarse sobre la posibilidad de invocar el artículo 27 de la Carta, que proclama el derecho fundamental relativo a la información y consulta de los trabajadores, en un procedimiento laboral entre un empleado y la asociación para la que trabaja. El Tribunal da una respuesta superficial e insatisfactoria, por lo que el interés de este asunto radica en que abre más interrogantes de los que cierra. Esta sentencia se enmarca en el contexto de otros casos emblemáticos como Mangold o Kücükdeveci, referentes a la aplicación horizontal del principio de no discriminación, hoy en día recogido en el artículo 21 de la Carta.