La entrada en vigor del Tratado de Lisboa, que ha dotado a la Carta de los derechos fundamentales del mismo valor jurídico que los Tratados, ha supuesto un avance significativo en el desarrollo de un conjunto de garantías sustanciales y procesales comunes en todos los procesos penales de los Estados miembros para la unidad y la armonía del sistema. Sin embargo, para que los derechos fundamentales de carácter procesal reconocidos en la Carta, que constituye la <