María Teresa Velasco Portero
El despido de un trabajador en el contexto de una enfermedad es un tema conflictivo, por su posible colisión con derechos fundamentales y correspondiente nulidad. Parte de la doctrina judicial lo ha considerado nulo, mientras que la jurisprudencia del Tribunal Supremo lo considera improcedente. El criterio del Supremo ha sido avalado por el Tribunal Constitucional y por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de julio de 2006. Sin embargo, la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de abril de 2013 que reconsidera y matiza la equiparación entre enfermedad y discapacidad, ha reabierto el debate.