El deber de conservar los inmuebles en buen estado de seguridad, salubridad y ornato, al igual que el instrumento para su debido cumplimiento (la orden de ejecución) tienen una larga tradición en España. La aprobación de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas constituye un intento (posiblemente fallido... el tiempo lo dirá) de dar un empuje significativo a la conservación promoviendo otros instrumentos. Pese a ello, la orden de ejecución por motivos de conservación seguirá siendo el instrumento de conservación de referencia.