La STS de 20 de junio de 2014 sintetiza la doctrina sobre los límites de cumplimiento de la pena de prisión y determina que la pena de multa, aunque pueda dar lugar a una responsabilidad personal subsidiaria, no se debe sumar a las de prisión a efectos de calcular la acumulación limitativa. Esta regla, en algunas ocasiones, como en el supuesto de hecho subyacente a la resolución indicada del Alto Tribunal, beneficia ostensiblemente al penado.