Con este comentario se pretende hacer un análisis crítico de la sentencia de 18 de junio de 2014, dictada en apelación por la Secc. 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que justifica los nombramientos de libre designación efectuados mediante concurso de méritos, en base exclusivamente a la relación de confianza existente entre el designado y la autoridad actuante para efectuar el nombramiento. No aplicación en la sentencia de los principios de mérito y capacidad para efectuar los nombramientos de libre designación. Vulneración con tal modo de proceder de la legislación constitucional y ordinaria, jurisprudencia y doctrina existente sobre el particular.