En este artículo se analiza la STJUE de 17 de julio de 2014 que declara que no se adecua a la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993 y al art. 47 Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea la previsión del art. 795.4 LEC de no permitir que el ejecutado recurra en apelación el auto que resuelva la oposición cuando se hubieran alegado la existencia de cláusulas abusivas y la no posibilidad de adoptar la medida cautelar de suspensión en el proceso declarativo posterior previsto en el art. 698 LEC. También se estudia la reforma del art. 795.4 LEC por la disp. final 3.ª RDL 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal.