Rosario Silva de Lapuerta
Los períodos de encarcelamiento no pueden computarse ni a efectos de la adquisición de un derecho de residencia permanente ni a efectos de la concesión de una protección reforzada contra la expulsión Asimismo, los períodos de estancia en prisión interrumpen, en principio, la continuidad de los períodos exigidos para la concesión de tales beneficios