El pasado 1 de julio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, constituido en Gran Sala, adoptó su sentencia en el caso S.A.S. c. Francia, Rec. 43835/2011, declarando no hallar violación alguna del Convenio por la Ley Francesa 2010-1192, de 11 de octubre.
Esta Ley, que entró en vigor el 11 de abril de 2011 después de un intenso debate en el seno de la sociedad francesa, estableció la prohibición de portar, en lugares públicos, prendas de vestir diseñadas para ocultar el rostro.