La STC 52/2014, de 10 de abril (BOE de 7 de mayo de 2014), declara constitucional, pero reinterpreta, la regulación que hace el art. 46.1 LJCA del plazo máximo para interponer recurso contencioso-administrativo contra los actos «presuntos», afirmando que esta noción incluye únicamente los actos estimatorios por silencio, con lo que el plazo de caducidad no resulta aplicable a los supuestos de silencio negativo, en los que queda abierta la vía de recurso en tanto la Administración no resuelva.