Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz
La promoción y defensa de los derechos humanos requiere una continua labor de diálogo que fortalezca el trabajo fundamental que, como juzgadores, estamos comprometidos a realizar en el marco de la promoción, respeto y garantía judicial de los derechos humanos. Sin embargo, la aplicación en casos concretos de dicha potestad jurisdiccional ha generado perplejidades en la comunidad jurídica mexicana. El presente trabajo tiene por objetivo recoger e incorporar a la discusión algunos conceptos, distinciones, elementos, criterios y precisiones útiles que puedan arrojar en su conjunto mayor luz sobre el tema del control difuso y que permitan a los juzgadores afianzar el camino al momento de plantearnos, en el ámbito de nuestras respectivas competencias, la posible inaplicación de una disposición en un caso concreto. Por ello se intentará responder a una serie de cuestiones que, a mi parecer, reflejan algunos puntos clave que han suscitado gran controversia.
The promotion and defense of human rights require a continuous dialogue that reinforces the essential task which we are compelled to carry out as judges, within an outlined framework that includes the promotion, respect and judicial guarantee of the human rights. However, the application in specific cases of this judicial power has created some perplexities in the Mexican legal community. This paper aims to collect and incorporate to the discussion some concepts, distinctions, elements, criteria and useful details that might shed more light on the subject of diffuse control and allow us -the judges- to strengthen the path when the moment to elucidate -within the scope of our powers- the possible non-application of a provision to a case. So we will try to answer a number of issues that we believe reflect some key points that have caused much controversy.