En el presente artículo se analiza si el derecho de acceso a la información pública es o no un derecho fundamental y de qué clase. El legislador ha optado por configurar un derecho de tipo legal y no constitucional. Sin embargo, habría razones persuasivas para haber optado por su considera-ción como derecho fundamental. En el texto se propone que la mejor solu-ción futura es, no obstante, reconocer expresamente este derecho en la Constitución a través de una reforma de su texto