En la colisión de la norma estatal (de rango suficiente) y una norma autonómica, así como, en su caso, un convenio colectivo, prevalece la primera, si bien ella misma puede, mediante remisiones o salvedades expresas, dar preferencia aplicativa a dichos preceptos subordinados. Esta doctrina conduce a la declaración de nulidad de la ley cántabra que niega la exclusión de los recortes salariales al personal laboral no directivo de una empresa del sector público autonómico.