Hoy, la concepción de la ética en la gestión de la «res pública» debe ser algo más que un simple planteamiento retórico, convirtiéndose en objetivo de actuación administrativa que permita llegar a mentalizar a cuantos intervienen en la misma, de que detrás de cada expediente, de cada acto administrativo; se encuentran aspiraciones y preocupaciones reales de los ciudadanos. En el presente estudio técnico, se hace análisis del art. 404 CP, que hallamos entre los «delitos contra la Administración Pública» y que hace valer viejas palabras de la Ley 109/1963 de Bases de los Funcionarios Civiles del Estado, relativas a que una de las claves de la eficacia de la Administración, radica en la calidad de quienes la sirven en sus actividades.