En este trabajo, partiendo de una distinción entre lo dispuesto para la Directiva 2008/52/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles y lo establecido en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles , porque si bien la segunda es consecuencia y transposición de la primera su ámbito y su amplitud de miras es mucho mayor, se abordan de manera separada el estudio del concepto y del ámbito de aplicación de las normas actualmente vigentes en materia de mediación civil y mercantil, junto a una breve referencia al contenido normativo de las mismas, con el fin de fijar el alcance conjunto del concepto y delimitación normativa del actual sistema general de mediación civil y mercantil.