Este artículo contiene un análisis del principio lex specialis. En particular, es una investigación preliminar acerca de su uso en los casos en que las normas especiales y generales son compatibles en lugar de encontrarse en conflicto. El punto de partida es que las normas especiales y las normas generales son, por definición, normas redundantes sobre la base de la lógica y el lenguaje, en cuanto todas las especies se encuentran lógicamente incluidas en el género al que pertenecen. Pero, además, cuando las normas especiales y las normas generales son compatibles y, por lo tanto, pueden prima facie concurrir y ser aplicadas en conjunto, puede darse también una redundancia normativa. Así, el análisis se divide en tres partes. En la primera parte, el tema principal es la especialidad del derecho y la relación de derogación entre normas especiales y generales. En la segunda parte se presentan de manera bastante esquemática las redundancias lingüísticas en los lenguajes naturales. En la tercera parte se introducen y discuten algunos ejemplos de la particular redundancia de las normas, con la finalidad de explicar las funciones pragmáticas y discursivas de las redundancias en el derecho.
This essay is an analysis of the lex specialis principle: in particular, it is an initial inquiry into its uses when special and general rules are compatible, rather than conflicting. The starting point of the analysis is that special and general rules are, by definition, redundant rules on the grounds of logic and language, insofar as all species are logically included in their genre. But, in addition, when special and general rules are compatible and, hence, shall prima facie concur and be applied together, there might be a normative redundancy too. Thus, the analysis is divided in three parts. In the first part, the main topics are the speciality of law and the derogation between special and general rules. In the second part it is portrayed a rough sketch of linguistic redundancies in natural languages. In the third part some examples of special redundant rules are illustrated and discussed in order to explain the pragmatic and discursive functions of redundancies in law.