En el análisis del fenómeno del acoso moral en el trabajo se ha mostrado como un obstáculo tradicional la dificultad en la identificación de los factores de riesgo de naturaleza psicosocial dado su carácter complejo y, a veces, defectuosamente conocido. Ello no ha impedido que, desde los años 90, el acoso en el trabajo haya generado un creciente interés a través de una gran cantidad de artículos doctrinales y de opinión. Se ha propiciado la creación de estrategias a nivel internacional para la atención del problema facilitando en algunos países el desarrollo específico de una legislación ad hoc para su tratamiento. Se puede considerar que no es necesario que exista una ley sobre acoso laboral para que el trabajador encuentre una adecuada protección y se pueda actuar frente al sujeto responsable. Los sistemas de protección tienen su apoyo, por lo general, en las disposiciones de carácter Constitucional sobre derechos fundamentales, en las leyes sobre riesgos laborales, en las obligaciones del empleador que dimanan del contrato de trabajo o en las leyes que prohíben la discriminación. Pese a la consideración precedente el objetivo del presente ensayo procura extender la perspectiva desde la experiencia española hacia la de otros países, intentando identificar las peculiaridades destacables en las diferentes legislaciones y culturas. Se trata básicamente de intentar plantear las recetas aplicadas en países de los cinco continentes para el abordaje del problema, abordarlas críticamente e intentar identificar los avances que se hayan podido producir en los mismos. En modo añadido, dirigimos nuestra mirada hacia el objetivo de intentar mejorar el sistema actual desde la doble perspectiva preventiva y reparadora.