El empresario tiene reconocidas unas facultades extraordinarias por el legislador, siguiendo unos determinados procedimientos, para que vaya ajustando a lo largo de la vida de su empresa las condiciones de trabajo y así poder hacer frente a los nuevos retos económicos, técnicos, organizativos o de producción. Por ello se analiza el controvertido art. 41 ET, teniendo en cuenta las reformas introducidas en los últimos años y con la ayuda especial de las múltiples sentencias de los tribunales, pues son estas las que por su realismo mejor nos sirven para aclarar el sentido y alcance de este poder empresarial de gestión de la empresa, cada día con mayores dosis de flexibilidad.