Jaume Munar Fullana
En el presente t rabajo se efectúa un análisis del nuevo régimen de las actuaciones realizables en edificios e instalaciones implantadas con anterioridad a la vigencia de la Ley de Costas de 1988 inadecuadas a sus determinaciones, establecido tras la reciente reforma operada por parte de la Ley 2/2013, de 29 de mayo. A partir de una necesaria exposición de los p resupuestos fácticos sobre los que se articulará el sistema de actuaciones admisibles o permitidas por la norma de referencia, constituida por la disposición transitoria cuarta modificada, se procede a un estudio particularizado de la casuística que generan las distintas situaciones previstas, así como a un análisis paralelo del régimen de declaración responsable igualmente introducido con la reciente reforma legislativa, efectuándose asimismo determinadas consideraciones críticas con relación a la propia coherencia del nuevo sistema y sobre la oportunidad de la eliminación del régimen de autorización p revia de las actuaciones.