La declaración de nulidad de la cláusula suelo por considerarse «abusiva por falta de transparencia» es contraria a la normativa protectora de consumo e incongruente con las pretensiones de AUSABANC y del Ministerio Fiscal. Vulnera el derecho de audiencia, defensa y contradicción de las partes y no es susceptible de un juicio abstracto de validez que pueda constituir el objeto de una acción colectiva, sin que su introducción de oficio en el recurso de casación pueda entenderse respaldada por la doctrina del TJUE sobre la apreciación de oficio de las cláusulas abusivas.