Los devastadores incendios forestales de la época estival han sido el factor determinante de este proyecto de reforma penal. Para dar una respuesta adecuada a los graves daños ambientales y/o al peligro para las personas que generan los incendios, se propone el incremento de las consecuencias penales aplicables a los autores de este delito, a la vez que se plantean nuevas circunstancias agravatorias. La falta de coordinación entre las distintas figuras delictivas, las existentes y la que se propone modificar, genera, sin embargo, el efecto contrario al pretendido: el privilegio punitivo para el sujeto que cometa un incendio forestal generador de un peligro para las personas. La imprecisión en la descripción de las circunstancias agravatorias es una de las causas de su escasa aplicación judicial, y es previsible que esta situación se mantenga en el futuro. Es, sin duda, un ejemplo más de la utilización simbólica del Derecho penal, a la vez que de la irreflexión en la propuesta tipificadora.