María Ángeles Rueda Martín
En este trabajo se estudia la eficacia del consentimiento del menor de edad como sujeto pasivo en relación con los delitos contra la intimidad y la propia imagen contemplados en el artículo 197 del Código penal, cuando se utilizan en su comisión las nuevas tecnologías de información y comunicación. En concreto, se plantea la oportunidad y la necesidad de establecer determinados límites a la validez de dicho consentimiento en función del principio relativo al interés superior del menor por los riesgos contrastados que presenta el ciberespacio.