Las garantías sobre bienes de equipo están basadas en sistemas de inscripción en registros locales que, en contextos internacionales, hacen difícilmente conciliables la explotación adecuada de bienes sujetos a gran movilidad y la consistencia de la garantía, cuya eficacia queda limitada al país donde la misma se registró. Esta situación pretende ser superada a través del Convenio de Ciudad del Cabo, al que España acaba de adherirse. En este trabajo se analiza el impacto de esta regulación en las operaciones que tengan por objeto bienes de equipo situados en España o créditos asegurados con garantía internacional, así como las ventajas sobre las garantías mobiliarias españolas y la situación de las mismas tras la entrada en vigor del Convenio.