La proliferación de leyes «administrativas» invadiendo todos los ámbitos del ordenamiento jurídico, hace que a veces colisionen con normas de derecho privado que deben prevalecer cuando se trata de regular instituciones como la propiedad. Se analiza aquí la creación de una suerte de servidumbre legal sobre los inmuebles en régimen de propiedad horizontal, establecida a través de una autorización administrativa que se lleva a cabo al margen del procedimiento expropiatorio y sin abono de indemnización de ningún tipo para el resto de copropietarios. Además la ley que sustenta tal autorización ha podido quedar derogada por la posterior reforma de la Ley de Propiedad Horizontal.