La extensa y prolija STS de 9 de mayo de 2013, de Pleno, sobre nulidad de cláusulas suelo, tiene un notorio interés teórico y práctico. Este artículo, aparte de reseñar esos aspectos más novedosos, trata de realizar una delimitación del control de transparencia y su distinción con los controles de inclusión y contenido o abusividad; cuestión que en la citada sentencia no queda clara. Por ello se integra con lo ya señalado inicialmente en la STS de 18 de junio de 2012. La correcta delimitación del control de transparencia, en fase de elaboración jurisprudencial, puede proyectarse además a otros supuestos donde también se acredite la falta de información clara y compresible sobre la posición contractual y la carga económica del (consumidor) adherente, como en el caso de «las participaciones preferentes».