Luis de la Peña Rodríguez
El trabajo analiza el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales, creado en ejecución de las previsiones de la Ley 34/2010, de 5 de agosto. Este órgano surge como consecuencia de la necesidad de adaptar la legislación española a la normativa de la Unión Europea.
España se dota, a nivel de la Administración General del Estado, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en cumplimiento de la Ley mencionada. Este órgano abarca dentro de sus competencias a órganos constitucionales como son el Consejo General del Poder Judicial o el Tribunal Constitucional, así como al Tribunal de Cuentas. Por tanto, el ámbito de las Cortes Generales queda incluido dentro de la jurisdicción del mencionado Tribunal que da título a este artículo.
El presente trabajo examina la regulación del Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales, centrándose en la Resolución de 21 de diciembre de 2010, aprobada por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, donde se precisan aspectos importantes del mencionado órgano, en punto a sus competencias, la composición y el funcionamiento. Finalmente, también se hace referencia a la utilización de este recurso hasta la fecha dentro del Parlamento español.