Este artículo analiza críticamente recientes decisiones judiciales sobre la presencia permanente del crucifijo en las escuelas públicas. En particular, examina la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 14 de diciembre de 2009, a la luz de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. El texto califica al ordenamiento jurídico español como un ordenamiento aconfesional pero de laicidad débil o difícil, que corre el riesgo de convertirse en laicidad fallida si los operadores jurídicos conceden un peso excesivo a los argumentos que conspiran a favor de la presencia de los símbolos religiosos en los espacios públicos.