La negociación colectiva, en tanto que relación interpersonal cuyo objetivo es la ordenación equilibrada de las relaciones laborales y del mercado de trabajo a través del consenso, se muestra como realidad social muy sensible a los cambios socio-económicos del contexto en que se produce. Esto justifica que la globalización económica incida grandemente en su configuración, generando en su seno importantes transformaciones que afectan a la legitimación de los sujetos negociales, a las materias, a su alcance, a las garantías de su aplicación e, incluso, al grado de intervención de los poderes públicos en su preservación.
Sin embargo, la negociación colectiva no sólo es resultado de los cambios sociales, sino que además es creadora de ellos. Con la finalidad de conocer en qué medida la negociación colectiva participa activamente en la ordenación del reciente paradigma productivo, hemos tratado de realizar en este trabajo un análisis jurídico de las tendencias que actualmente existen en esa dirección. Tendencias, que como tendremos oportunidad de profundizar, dejan entrever una especial sensibilidad por construir un nuevo sentido de lo colectivo a nivel global, asentado en la competición-cooperativa y en la corresponsabilidad.