La Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, con la finalidad de trasladar a su ámbito de aplicación una regulación lo más semejante posible a la existente hasta el momento de su entrada en vigor cuando de entidades de crédito se trata, basa numerosos preceptos de su articulado en una remisión a la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 5 de mayo de 1994, de transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios. Cuando dicha Orden es derogada y sustituida por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 28 de octubre de 2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios surgen importantes problemas de interpretación de la Ley 2/2009 a cuyo análisis se dedica este trabajo.