La RDGRN de 19 de diciembre de 2012 reconoce el derecho de una sociedad de responsabilidad limitada a regular en sus estatutos el derecho de asistencia y voto a distancia, mediante procedimientos telemáticos, al igual que se encuentra previsto legalmente para las sociedades anónimas. La DGRN apoya una interpretación amplia de la capacidad de autorregulación de las sociedades de responsabilidad limitada, frente a una interpretación restrictiva de los preceptos de la Ley de Sociedades de Capital que les negaría esta posibilidad.