En el asunto Pfleiderer, el Tribunal de Justicia se pronunció por primera vez sobre la posibilidad de que una persona perjudicada por un cártel pudiera acceder a la información voluntariamente aportada por un solicitante de clemencia a una autoridad de competencia a fin de poder preparar una reclamanción de daños y perjuicios. El Tribunal de Justicia tuvo que buscar un equilibrio entre la aplicación eficaz de las normas de competencia a través de los programas de clemencia y el favorecimiento de las acciones civiles por daños y perjuicios, aunque finalmente delegó en los órganos jurisdiccionales nacionales la facultad de ponderar en cada caso los intereses en conflicto. En este artículo se analizan las consecuencias prácticas de la aplicación de la doctrina Pfleiderer respecto a la protección de que gozan en los litigios civiles de reclamación de daños las declaraciones y documentos facilitados por los solicitantes de clemencia.