José Antonio Rodríguez Míguez
La creación de Autoridades Autonómicas de la Competencia (AAC) como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional 208/1999, de 11 de noviembre, que reconoció a las Comunidades Autónomas españolas competencias ejecutivas en materia de defensa de la competencia ha permitido la descentralización en la aplicación pública de esta materia en España.
La atribución a los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ), de manera expresa tras la aprobación de la Ley 18/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, de la competencia para la revisión de las resoluciones adoptadas por las AAC ha dado a estos tribunales un importante protagonismo en la configuración del Derecho de la Competencia en España, antes reservado a la Audiencia Nacional.
En el presente trabajo comentamos dos interesantes sentencias adoptadas por estos tribunales en 2012, relativas, respectivamente, a una recomendación colectiva para la subida de precios y al recurso interpuesto por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) contra una decisión adoptada por una AAC invocando la necesaria aplicación uniforme del Derecho de la Competencia. Ambas sentencias son una muestra clara de la alta calidad técnica que han adquirido tanto las AAC como los TSJ en la aplicación de una materia tan compleja y singular.