Internet de los objetos representa una nueva forma de ver las posibilidades que brindan las redes de comunicaciones electrónicas. La incipiente, y cada vez más generalizada interacción de dispositivos electrónicos automáticos que interactúan entre sí a través de diálogos que circulan por Internet (diálogos entre estaciones BTS y terminales de telefonía móvil, etiquetas RDFI, actualización automática de programas informáticos o estados de redes sociales,�) plantea serios problemas a la hora de analizar su verdadera naturaleza jurídica; y en especial si las mismas, pueden ser o no consideradas comunicaciones merecedoras de la protección formal del art. 18.3 CE. Éste es precisamente el difícil reto al que se enfrenta el presente trabajo.