La protección de la privacidad se ha convertido en España en un valor radical y cuasi absoluto a la hora de regular la difusión y acceso a cualquier tipo de información sobre la realidad social. Bajo el influjo de una mentalidad popular reticente a la transparencia de las responsabilidades individuales, el derecho español vigente tiende a restringir y debilitar la libertad de información sobre datos personales de interés público que los derechos de igualdad, seguridad jurídica y vigilancia de las instituciones requieren en una sociedad democrática. La ausencia de equilibrio entre una legítima protección de la privacidad y la igualmente legítima transparencia de los datos de incumbencia pública se ejerce con especial inquina, mediante la aplicación celosa y selectiva de la actual Ley Orgánica de Protección de Datos, en el ámbito de Internet. Al amparo del principio moral de que los datos personales han de ser protegidos de la difamación o el chismorreo, se impide en realidad que muchas denuncias de irregularidades y corruptelas de individuos concretos afloren en páginas webs o mediante un ejercicio cívicamente responsable del cruce de datos de archivos digitalizados. Una interpretación elitista y trasnochada de los conceptos de �medio de comunicación� y �periodismo�, niega a los ciudadanos y los grupos sociales la capacidad democráticamente responsable de informar sobre irregularidades administrativas diversas. La consecuencia es que la corrupción y las actuaciones de abuso individual contra los recursos y propiedades colectivas quedan a cubierto de la mirada pública con mucha mayor facilidad.