Previa consideración del flexible marco constitucional en materia de lenguas españolas, ex artículo 3 CE, se estudia el sentido y alcance de la declaración de oficialidad de catalán y aranés, como lenguas propias "de" y "en" Cataluña, ex artículo 6 EACat, a la luz de la STC 31/2010. Una decisión que, mediante interpretación de conformidad o declaración de inconstitucionalidad o, aun, de modo silente, jalona un espacio que sólo el legislador puede delimitar de modo congruente.