En este artículo el autor analiza con detalle los pronunciamientos de las Sentencias del Tribunal Constitucional 247/2007 y 31/2010 relativas a la constitucionalidad de la inclusión en los Estatutos de Autonomía de �declaraciones de derechos� de los ciudadanos. A juicio de su autor, ambas Sentencias son coherentes con la doctrina del propio Tribunal Constitucional relativa al contenido y funciones de los Estatutos de Autonomía. El TC sostiene que no hay inconveniente para que los estatutos puedan contener tales declaraciones, pero recogiendo únicamente derechos de rango legal y con eficacia dentro del territorio de la respectiva Comunidad Autónoma. Añade el Autor que, no obstante, las posibles referencias a los derechos fundamentales hechas en esas declaraciones pueden tener la función de servir para atribuir a las Comunidades Autónomas una competencia general para regular el desarrollo de dichos derechos sin necesidad de ligarlos a la regulación de otras competencias contenidas en los Estatutos correspondientes.