Para la elaboración de Digesta se han utilizado obras de numerosos autores si bien el emperador aclara, con insistencia, que se han realizado modificaciones y resuelto antinomias en las obras de estos juristas, de forma que toda la legislación anterior queda derogada. Prohíbe el cotejo y que se indague los desacuerdos entre las decisiones de los juristas incluidos y su obra. No obstante esta prohibición, dispone que se inserte al comienzo de la obra un Índice que contenga la relación de autores y obras utilizados. En este Index se advierten las siguientes incorrecciones: Obras y juristas presentes en Digesta y omitidos en el Index Auctorum; Obras que figuran en el Index Auctorum y no se encuentran en Digesta; Obras y juristas fuera de orden, según los criterios seguidos de mayor a menor número de libros, y cronológico para los autores; Diferencias en la obra o en el número de libros entre el Index Auctorum y Digesta, y Obras que se adscriben a un jurista distinto.