La �verberatio� constituye uno de los instrumentos ordinarios de la �coercitio� doméstica y militar. Con todo, una de las �leges Porciae� prohíbe sin ambages esta medida coercitiva cuando era aplicada a un civis, pudiendo el ciudadano, en tal caso �provocare ad populum�. En el supuesto de que fuese azotado un esclavo �contra bonos mores�, estamos en presencia de una injuria indirecta, ya que el esclavo no es el sujeto pasivo del ilícito, sino su �dominus� que es quien sufre realmente la afrenta.