El cierre de los negocios está provocando que muchos empresarios incumplan los contratos celebrados con consumidores, al no poder entregar los bienes o prestar los servicios pactados. La situación es aún más complicada para el consumidor cuando éste ha obtenido crédito de un tercero para poder pagar el precio al empresario. La Ley 16/2011, de Contratos de Crédito al Consumo, incluye medidas para paliar la desprotección que sufre el consumidor que celebra dos contratos (crédito y compraventa) con dos empresarios distintos (prestamista y vendedor), cuando uno de ellos �el vendedor- incumple el contrato. El presenta trabajo analiza las medidas concretas que esta Ley instaura para proteger al consumidor en esta situación.