Este trabajo analiza la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de junio de 2012, en la que este se pronuncia sobre el alcance de la legitimación activa en materia de impugnación de acuerdos sociales nulos. El Alto Tribunal entiende que las nudas propietarias que han adquirido esta condición con posterioridad a la fecha de celebración de una junta general en la que se han adoptado acuerdos nulos �pero, evidentemente, antes del transcurso del plazo legalmente previsto para proceder a la impugnación�, se encuentran legitimadas para combatir tales acuerdos.