Abelardo Delgado Pacheco
En la jurisprudencia del Tribunal Supremo, es una cuestión controvertida desde hace años la relativa a la suspensión de las sanciones tributarias y el Alto Tribunal ha debido volver a pronunciarse sobre esta suspensión recientemente. La Ley General Tributaria dispone que las sanciones quedan automáticamente suspendidas sin necesidad de aportar garantía, hasta que sean firmes en vía administrativa. El Tribunal Supremo tardó en determinar que esta norma ciñe su eficacia a la vía económico-administrativa. Además, al acotar esa eficacia de la norma tributaria, no ha tenido bien en cuenta su propia jurisprudencia sobre la suspensión de los actos tributarios. Todo ello ha añadido incertidumbre sobre el régimen general de esta medida cautelar y ha dado lugar a una excesiva dispersión de criterios en los tribunales inferiores