En materia de prevención de riesgos laborales incurre en infracción administrativa muy grave la empresa principal cuando suscribe con la contratista un pacto tendente a eludir el régimen de responsabilidad solidaria previsto en el art. 42.3 de la LISOS. El tipo infractor está recogido en el art. 13.14 de dicha Ley. Las consecuencias sancionadoras que se derivan de su comisión se analizan a través de doctrina judicial contenida en las sentencias propias de la sede contencioso-administrativa.