Ir al contenido

En clave constitucional. La no presentación de alegaciones en la vía económico-administrativa, no impide alegar en el contencioso. STS 155/2012, de 16 de julio


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2024 INAP - Todos los derechos reservados