Benjamín Górriz Gómez
El art. 45.2 d) LJCA requiere que al escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo se acompañe el documento que acredite el cumplimiento por las personas jurídicas de los requisitos que sus normas o estatutos les exijan para entablar acciones. Este trabajo contiene un pequeño resumen de pronunciamientos del Tribunal Supremo al respecto, con especial referencia a la sentencia del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 5 de noviembre de 2008.