Jubilación forzosa y envejecimiento activo resultan conceptos difíciles de casar; a pesar de ello, hasta la Ley 3/2012, ambas nociones han coexistido en nuestro ordenamiento jurídico. El mantenimiento de la DA 10ª ET y, con él, la posibilidad de establecer cláusulas convencionales de retiro forzoso se presentaba como un obstáculo insoslayable, si lo que se ansiaba conseguir, en base al discurso imperante en la Unión Europea, era que las personas mayores permanecieran más tiempo en el mercado laboral para así hacer frente a las consecuencias del envejecimiento de la población.
Por todo ello, conocer la respuesta de la negociación colectiva en este controvertido contexto, se presenta interesante, a la par que necesario, si lo que se persigue es profundizar en tan discutido asunto.