El Tribunal Supremo analiza con detalle el derecho de información en una sociedad anónima de carácter cerrado, incidiendo en la naturaleza de dicho derecho y sus límites, e introduciendo un novedoso matiz consistente en considerar relevante el carácter cerrado de la sociedad con relación a la protección del derecho de información del socio minoritario, y exigir que se potencie la transparencia y el control del órgano de administración en este tipo de sociedades.