El Reglamento Roma III, primer instrumento de cooperación reforzada que se adopta en la UE, pretende constituir «un marco jurídico claro y completo en materia de ley aplicable al divorcio y a la separación judicial». Sin embargo, no incrementa la previsibilidad jurídica, ni evita (sino que podría fomentar) la «carrera a los Tribunales». Además, en su aplicación en nuestro país, comportará una mayor fragmentación normativa y un incremento de la complejidad a la que se enfrentan los operadores jurídicos españoles. Si a ello se une el déficit democrático inherente a su proceso de adopción, y que se trata de un instrumento que atiende antes a valores conservadores de otros Estados Miembros de la UE que a los que informan el ordenamiento español, no cabe sino cuestionar la decisión de España de participar en él.